El pasado 20 de noviembre de 2024, se publicó en el BOE el Real Decreto 1155/2024, que plantea un nuevo reglamento de extranjería. Te presentamos los aspectos más destacados de la norma que, además, entrará en vigor el próximo 20 de mayo.
Los objetivos del nuevo reglamento de extranjería
El nuevo reglamento de extranjería pretende adaptarse a la realidad social, económica y demográfica de España. Pero, ¿Qué es el reglamento de extranjería? Se trata de una ley que tiene como propósito regular las condiciones y los procedimientos para que los no nacionales puedan residir, trabajar y regularizar su situación en territorio español. También se encarga de establecer las vías por las que los extranjeros pueden entrar en el país y define los derechos y obligaciones, no solo de los migrantes, sino de las instituciones responsables de gestionar su integración en la sociedad.
Cabe destacar que el nuevo reglamento de extranjería actualiza ciertos aspectos de manera que la ley sea más acorde con la situación actual del país. Así, se adapta a los cambios sociales, económicos y demográficos de los últimos años.

Los cambios que propone el nuevo reglamento de extranjería
Visados y permisos de residencia
Uno de los cambios que propone el nuevo reglamento de extranjería es la introducción de un visado para la búsqueda de trabajo. Este visado está pensado para aquellos migrantes que cuenten con formación en sectores que tienen alta demanda de empleo en España. Además, también pueden solicitarlo las personas que sean descendientes de españoles de origen. Básicamente, facilita la entrada legal al país con el propósito de buscar trabajo, algo que, hasta ahora, no era posible.
Por otra parte, las personas que ya se encuentren en el país, en calidad de estudiantes o investigadores, con la entrada en vigor del nuevo reglamento de extranjería, tendrán más flexibilidad para poder trabajar durante su estancia. Cosa que, además, facilita que puedan cambiar de estatus migratorio (de permiso de estancia por estudios a permiso de trabajo), sin obstáculos.
Autorizaciones por arraigo
Cuando una persona se queda en situación irregular en el país, puede legalizar su situación a través del arraigo. Hasta ahora, el tiempo de permanencia obligatorio para poder iniciar este trámite era de tres años sin salidas del territorio español. El nuevo reglamento de extranjería reduce el tiempo de tres a dos años para todos los tipos de arraigo que existen:
- Social. Con este tipo de arraigo es posible pedir la residencia demostrando medios económicos y vínculos familiares o sociales cercanos.
- Socioformativo. Sustituye al arraigo para la formación y permite incluir los estudios que se estén cursando, como una vía para regularizar la situación en el país. Además, quien se acoja a esta figura podrá trabajar hasta 30 horas mientras esté en período de formación.
- Sociolaboral. Sustituye al arraigo laboral y se centra en las personas que hayan trabajado en España en los dos últimos años. Esta nueva figura flexibiliza los requisitos laborales, de forma que es posible presentar precontratos de 20 horas semanales o varios precontratos. Anteriormente, era indispensable que el contrato fuera de 40 horas.
- Familiar. Cuando un extranjero es madre o padre de un menor español, puede pedir una autorización de este tipo para regularizar su situación. Con esto, se garantiza el cuidado del menor. Cabe destacar que la nueva ley de extranjería presenta ciertas limitaciones a esta figura, si se le compara con la normativa anterior.
- De segunda oportunidad. A este tipo de arraigo pueden acogerse las personas que perdiesen su residencia legal en los dos años anteriores a la solicitud y que requieren una vía para legalizarse.
Protección a colectivos vulnerables en la nueva ley de extranjería
La nueva ley de extranjería ofrece medidas especiales para las personas que se encuentren en situación de vulnerabilidad. Aquí se incluyen, por ejemplo, a las víctimas de violencia de género o trata de seres humanos. Estas personas tendrán acceso directo a los permisos tanto de residencia como de trabajo. El objetivo de la reforma es ofrecer protección inmediata y acceso a derechos básicos, como una vida digna y segura, libre de violencia.
Agilización de procesos
La nueva ley de extranjería incluye la digitalización, de manera que muchas solicitudes y renovaciones podrán hacerse ahora por Internet, cosa que, sin duda, hará todos los trámites más fáciles y rápidos. Por otra parte, el reglamento también aclara los requisitos administrativos, para que los extranjeros puedan comprender los pasos necesarios a seguir, según su situación. Algunos de estos cambios incluyen:
- Se especificarán, de forma detallada, los documentos necesarios para cada tipo de trámite, presentando un listado claro y conciso.
- La nueva normativa establece criterios uniformes que evitan discrepancias entre las distintas oficinas de extranjería.
- Se introducen las notificaciones digitales, agilizando así los tiempos. Esto permitirá una comunicación fluida respecto de los procedimientos, evitando el retraso que suponen las notificaciones físicas.

Movilidad internacional y retorno voluntario
El nuevo reglamento en materia de extranjería presenta mejoras en lo que a movilidad internacional respecta. Esto supone que los familiares de los residentes de larga duración, en otros países de la Unión Europea, podrán solicitar una residencia en nuestro país, sin necesidad de visado. En lo que a retorno voluntario se refiere, los extranjeros que hayan sido titulares de una residencia de larga duración, antes de acogerse a este programa, pueden renovar el permiso de residencia en España, siempre y cuando retornen en un plazo de dos años.
Sobre los menores y las familias
Cuando se trata de los menores no acompañados, el reglamento de extranjería es muy firme en lo que a derechos y garantías se refiere, manteniendo una cierta continuidad. En caso de repatriación, los menores deberán estar acompañados de personal especializado. De haber un procedimiento judicial en marcha, la repatriación será posible mediante autorización judicial. Si no hay procedimientos en curso, la decisión recae en la Delegación de Gobierno.
En materia de reagrupación familiar, se seguirá exigiendo un informe de idoneidad a través del cual se evalúe si la vivienda es adecuada para las personas que vivirán en ella. En el informe en cuestión se incluyen aspectos como el número de habitaciones y adecuación al número de habitantes; equipamiento básico y condiciones de habitabilidad y legalidad de la ocupación, a través de contrato de arrendamiento o escrituras de propiedad.
Sobre la protección internacional
Un cambio que presenta la nueva ley y que ya ha sido recurrido por varias organizaciones, es el relativo al asilo. Y es que el tiempo que una persona pase como solicitante de protección internacional (asilo), no se tendrá en cuenta para las autorizaciones de arraigo. Ahora, solo se computará a partir de la denegación firme, administrativa o judicial, de la solicitud de protección.
Período de transición
Como ya mencionamos, la nueva ley de extranjería entrará en vigor el 20 de mayo, pero, ¿Qué ocurre mientras tanto? Te contamos que entre el 20 de noviembre de 2024 (cuando el reglamento se aprobó) y la entrada en vigor de la ley, hay un período de transición en el que se aplicarán criterios especiales:
- Las solicitudes que se presenten antes del 20 de mayo de 2025, se resolverán según la normativa anterior. Sin embargo, los solicitantes pueden, expresamente, pedir que se les aplique el nuevo reglamento, siempre y cuando cumplan con los requisitos.
- Las autorizaciones de residencia en vigor, serán válidas hasta su fecha de vencimiento y no será necesario hacer modificaciones inmediatas.
- Será posible pedir un permiso de arraigo excepcional para los migrantes que hayan estado en el país, de forma irregular, durante al menos seis meses y que tengan una resolución negativa en firme de su solicitud de asilo a 20 de mayo de 2025. Sin embargo, estos extranjeros deberán reunir los requisitos de alguna de las figuras de arraigo previstas.
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